Reseña histórica Identificación Civil

Reseña histórica sobre el surgimiento y evolución de Identificación Civil

En nuestro país el primer antecedente de identificación se ubica en el año 1905 con la Oficina de Identificación Dactiloscopia. En el mismo año se firma entre las policías de La Plata y Buenos Aires, Río de Janeiro, Santiago de Chile y Montevideo, un convenio que tiene como función el intercambio de información acerca de aquellos individuos considerados peligrosos jurídicamente, para la sociedad, expresándose como una cooperación entre los estados firmantes.

El mismo convenio disponía en el artículo 10º la posibilidad de que todo ciudadano registrara sus antecedentes: "Los contratantes procurarán facilitar que toda persona honesta registre en la Oficina de Identificación sus antecedentes y su "individual dactiloscópica", que no solo evite injustos vejámenes, sino que sea elemento de información personal, útil en cualquier circunstancia".

Con fecha 1º de mayo de 1914 se publica la primera ley sobre CÉDULAS DE IDENTIDAD PERSONAL. Su artículo 1º establecía:

"La Oficina de Identificación de la Policía de la Capital, aparte de los cometidos comprendidos en el artículo 8º de la Ley del 12 de julio de 1912 (penalidad), y de las funciones administrativas que actualmente desempeña, deberá identificar todo detenido por hecho que caiga bajo la acción penal y los cadáveres de desconocidos. Además del sistema de identificación dactiloscopia actualmente empleado, la oficina deberá recurrir en cuanto sea posible a los demás que hayan acreditado valor científico y resultados prácticos" Artículo 2º "La oficina será la única habilitada para expedir libretas de identidad personal..."

El 23 de marzo de 1946, se promulga el Reglamento General de Cédulas de Identidad.

Las Oficinas de Identificación comenzaron paulatinamente a desarrollar su labor en todas las Jefaturas de Policía del País. La primera función que unía Identificación Civil e Identificación Criminal fue luego dividida, expidiendo la Cédula de Identidad cada Jefatura de Policía. La función era privativa de las Jefaturas de cada departamento del país y cada una de ellas otorgaba un número de documento secuencial. Ello surgía del Decreto 336/967 del 30 de mayo de 1967.

Posteriormente la Ley 14.193 del 9 de mayo de 1974, estableció la identificación mediante el auto generado, combinación de números y letras, que presentaba el inconveniente de contar con una parte invariable (números) y otra variable (letras). Dicho sistema no fue utilizado porque presentaba posibilidades reales de duplicación y debía ser modificado en casos determinados con el correr del tiempo (rectificaciones de partidas, reconocimientos, etc.), creando así grandes dificultades para mantener la debida correspondencia entre el identificado y su número. La Ley 14.193 fue derogada por el Dec. Ley 14.762 del 13 de febrero de 1978, que regula el régimen de identificación de las personas físicas, mediante la documentación habilitante y la confrontación dactiloscópica.

Por Ley 14.800 de 30 de junio de 1978 se crea la Dirección Nacional de Identificación Civil, repartición con jurisdicción nacional que depende del Ministerio del Interior y que se integró en un principio con los respectivos servicios que funcionaban bajo la órbita de las Jefaturas de Policía Departamentales de las cuales posteriormente se independizaron totalmente. El artículo 12 de la ley mencionada concreta presupuestal, la estructura creando el programa 1.14 "Oficina Nacional de Identificación Civil" Unidad Ejecutora 31 Dirección Nacional de Identificación Civil, inciso 04 Ministerio del Interior.

El Decreto de Ley 14.762, establece el número único identificativo, utilizado actualmente, compuesto por un conjunto en sucesión natural a partir del uno y la cifra del dígito verificador.

El número de identificación posee las características de ser único, permanente, confiable y universal.

- Único: porque se asigna a un sólo deca dactilograma.

- Permanente: porque acompaña al individuo toda su vida.

- Confiable: porque se otorga sólo después que el perito procedió a la clasificación de las impresiones.

- Universal: porque es una unidad identificable en el universo de los números.

La Cédula de Identidad es un documento Nacional que identifica a la persona física, obligatorio para toda persona mayor de 45 días de edad. El Pasaporte común, por su parte es un documento que acredita la identidad del titular y lo habilita a viajar según normas establecidas en convenios internacionales, es expedido por la Dirección Nacional de Identificación Civil desde su creación.

Tanto la Cédula de Identidad como el Pasaporte, son el resultado final del proceso científico de la identificación, que fija la identidad de los individuos a través del análisis de:

- Documentación habilitante.

- Estudio de deca dactilograma.

- Fotografía.

- Número de identificación.

- Recepción de la firma cada vez.

En la actualidad la Dirección Nacional de Identificación Civil cuenta en todas sus oficinas, con un sistema de expedición de documentos totalmente informatizado, gigantesco avance en sus procesos de trabajo, impulsado por quienes sienten el orgullo de ser partícipes de un hacer especial, diferente y de singular de gran importancia.

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